El Banco Central de la República Argentina, informa que, los ingresos Familiares de Emergencia IFE, la Asignación Universal por Hijo, y Salario Complementario-Decreto N°332/20, no se encuentran en ningún caso alcanzados por el impuesto sobre los ingresos brutos, y por lo tanto, las transferencias efectuadas por dichos conceptos por el ANSES deben exceptuarse de la retención bancaria del SIRCREB.